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Coordinador de parentalidad: qué es y cuándo entra (LATAM)

El juez no le pidió terapia. Le pidió que alguien decida el martes a qué hora se entrega el niño, sin que cada entrega se vuelva una pelea de tres horas. Eso, en la literatura de Family Court Review y de la AFCC, tiene nombre: coordinador de parentalidad (parenting coordinator). Tampoco ocupa el lugar del terapeuta de la familia, ni el del abogado de una parte, ni el del copadre “bueno”. Queda un rol híbrido, acotado, que entra cuando la coparentalidad ya no se sostiene sola.

Este artículo recorta una sola cosa: qué es el coordinador de parentalidad y cuándo entra, con tiento LATAM. El mapa de criar juntos cuando la pareja ya no existe vive en coparentalidad. Las lealtades de la familia que migra viven en familia y migración. El gatekeeping parental vive en gatekeeping parental. Aquí el corte es el oficio que el tribunal (o un acuerdo) pone en el medio cuando el conflicto alto ya se comió la coparentalidad.

Qué es, sin inflar el cargo

Coates, Deutsch, Starnes y Sullivan (2004) describen la coordinación de parentalidad para familias de alto conflicto: un profesional que ayuda a implementar el plan de crianza, resuelve disputas puntuales y reduce la re-litigación. El artículo salió en Family Court Review (DOI 10.1111/j.174-1617.2004.tb00647.x; la versión Sage es 10.1177/1531244504422006). La AFCC publicó lineamientos en 2005 (DOI 10.1111/j.1744-1617.2006.00074.x) y los renovó en 2019 (DOI 10.1111/fcre.12505). Fieldstone, Carter y King (2011) midieron entrenamiento, habilidades y prácticas en Florida (DOI 10.1111/j.1744-1617.2011.01415.x). McHale, Carter y Miller (2020) recogen perspectivas de madres, padres y coordinadores sobre el proceso (DOI 10.1111/fcre.12462).

Definición operacional, para copiar sin inflar: coordinador de parentalidad es un profesional (a menudo psicólogo, trabajador social o abogado con formación específica) designado por el tribunal o por acuerdo de las partes para ayudar a dos progenitores en conflicto alto a ejecutar un plan de crianza, mediar disputas cotidianas y, en algunos diseños, tomar decisiones acotadas dentro de un mandato escrito.

El coordinador no “arregla a la pareja”. La pareja, como pareja, ya no ocupa el centro. El objeto es el plan de los hijos y el ruido que lo tapa. Si lo que hay es una terapia de dupla, estás en otro cuaderno.

En consulta privada de Barranquilla o de Ciudad de México, alguien puede pedirte “sé nuestro coordinador” sin que exista un auto judicial. Eso no te convierte en el rol de la AFCC. Te convierte en un tercero que, sin mandato, se come un conflicto de dos y puede perder el encuadre. El artículo sirve para distinguir el rol nombrado (con mandato, alcance, queja posible) del favor clínico que alguien te pide un viernes.

El coordinador trabaja el plan y el ruido que lo tapa. La terapia trabaja el vínculo. Si mezclas los dos mandatos en la misma persona, el martes se vuelve un juicio con diván.

De qué se distingue (y por qué el parcial lo mezcla)

Terapeuta de familia. Trabaja significados, lealtades, el “nosotros”. Confidencialidad clínica. El coordinador trabaja el plan, las entregas, el WhatsApp de las tres de la mañana. La confidencialidad es otra: suele reportar al tribunal dentro del mandato. Mezclar los dos roles en la misma persona, con la misma familia, es el atajo que la literatura y la ética recortan.

Mediador. El mediador busca un acuerdo. El coordinador, en muchos diseños, entra después del acuerdo o de la sentencia, cuando el acuerdo ya existe y no se cumple. Coates y colegas (2004) lo sitúan en familias que ya pasaron por litigio y siguen en guerra de baja intensidad cotidiana.

Evaluador forense / perito. El perito opina para el juez sobre custodia, riesgo, capacidad. El coordinador no arma esa pericia si está coordinando a los mismos. Fieldstone y colegas (2011) muestran que las prácticas varían; la vara de casa es: no uses el rol para colar una evaluación que no se encargó.

Coparentalidad “sana”. El artículo de coparentalidad (coparentalidad) cubre criar juntos cuando la pareja ya no existe. El coordinador entra cuando esa coparentalidad no está. Es el andamio, no el cuadro. Si el ítem pide coparentalidad, te mudas. Si pide “quién decide el martes cuando ya se pelearon veinte veces”, te quedas.

Tabla 1. El rol, al lado de lo que no es

Oficio Objeto A quién reporta
Coordinador de parentalidad Plan de crianza, disputas cotidianas Mandato: tribunal y/o partes
Terapeuta Vínculo, síntoma, lealtad Encargo clínico; secreto
Mediador Acuerdo que aún no existe Proceso de mediación
Perito Opinión para el juez El expediente

Cuándo entra (y cuándo no)

La literatura de alto conflicto no dice “cada separación”. Dice un subconjunto: re-litigación crónica, denuncias cruzadas, el niño usado como correo, entregas en comisaría, un progenitor que filtra al otro (el recorte de gatekeeping ya está publicado). El coordinador entra cuando el costo de volver al juez por cada cumpleaños es más alto que el costo de un tercero con mandato.

Cuándo no entra, con tiento:

  1. Violencia de pareja no evaluada. Un mandato de “coordinar” puede forzar contacto inseguro. La AFCC 2019 insiste en screening. En LATAM, además, el mapa legal de medidas de protección no es el de Florida: no copies el protocolo como si el Código lo hubiera escrito.
  2. Un progenitor que no está en condiciones de decidir (consumo activo no tratado, psicosis descompensada) sin un encuadre de protección. El coordinador no sustituye esa evaluación.
  3. Una familia que todavía puede usar mediación o un acuerdo simple. El rol es caro en dinero y en encuadre. No lo vendas como upgrade de estatus.
  4. Un pedido de “aliado clínico” de una sola parte. Eso es representación, no coordinación.

Entra cuando el plan existe y no se cumple, el conflicto es alto y el niño paga el ida y vuelta. No entra para “enseñarles a ser padres” en abstracto ni para reemplazar un juez que no quiere ver el expediente.

En un juzgado de familia de una ciudad intermedia, el juez puede no tener la figura en la ley con ese nombre. Puede haber un “auxiliar”, un “perito de seguimiento”, un “terapeuta de la familia” mal pedido. El oficio del psicólogo es no aceptar el nombre estadounidense si el mandato local es otro. Nombrar el alcance por escrito. Si no hay escrito, no hay rol: hay un favor que se va a romper.

Qué hace, en la práctica cotidiana

Fieldstone, Carter y King (2011) describen habilidades: manejo de conflicto, conocimiento de desarrollo infantil, del sistema de familia y del sistema legal, capacidad de no tomar partido. McHale, Carter y Miller (2020) oyen a las partes: el proceso se vive a veces como alivio (alguien decide el martes) y a veces como un tercero más a quien seducir. Eso importa. El coordinador que necesita ser querido por ambos pierde el mandato.

Tareas típicas, no lista mágica:

  • Interpretar el plan de crianza cuando el texto es ambiguo (“fines de semana largos”).
  • Decidir, si el mandato lo permite, una disputa acotada (hora de entrega, extraescolar de un mes).
  • Enseñar un canal de comunicación que no sea el niño.
  • Documentar incumplimientos para el tribunal, sin convertirse en detective de infidelidades.
  • Devolver a terapia, a evaluación o a medidas de protección cuando el caso se sale del recorte.

Lo que no hace: armar el diagnóstico del niño por la puerta de atrás; reescribir la custodia; “reconciliar” a la pareja; ser el WhatsApp de las 23:40 de una sola parte.

Cómo se ve un martes en LATAM (sin copiar Florida)

Camila deja al niño en el parque a las 5. El padre llega a las 6:10 y filma. Al día siguiente, cada uno escribe al psicólogo “tú viste”. Si ese psicólogo es terapeuta de la madre, ya perdió. Si es coordinador con mandato, responde al plan: hora, lugar, qué cuenta como incumplimiento, qué se documenta. No responde al filmato como prueba de carácter. El carácter se trabaja, si acaso, en otro encuadre.

Segunda escena. Un padre pide “coordinación” porque la madre se mudó de ciudad. Eso puede ser un cambio de residencia que el plan no cubre. El coordinador no inventa una sentencia de traslado. Devuelve al abogado y al juez. El rol no es un tribunal de bolsillo.

Tercera escena. Hay una medida de protección. El padre insiste en “coparentalidad”. Aquí el artículo de coparentalidad no se aplica como consigna. El coordinador, si existe, trabaja dentro de la medida, no en contra. Coates y colegas (2004) ya sitúan el rol en alto conflicto; no lo sitúan encima de la seguridad.

LATAM: la figura viaja mal si se pega el sello

Estados Unidos y Canadá tienen un corpus (AFCC, Family Court Review) y, en varios estados, estatuto. En América Latina la figura aparece a cuentagotas: proyectos de ley, prácticas de algunos juzgados, profesionales que se anuncian como “parenting coordinator” en Instagram. Eso no es evidencia de que el rol exista como en Florida. El estudiante que copie “según la AFCC 2019, en tu país…” está mintiendo el territorio.

Qué sí se puede decir, con tiento:

  • El problema (alto conflicto post-sentencia, el niño como correo) existe aquí. El artículo de coparentalidad y el de gatekeeping lo nombran.
  • El rol con ese nombre y ese mandato no está homogeneizado. En Colombia, México, Argentina, Chile, el psicólogo forense, el auxiliar de justicia y el terapeuta se pisan. Pregunta el auto. Pregunta el colegio profesional. Pregunta si hay queja posible.
  • El préstamo de la AFCC sirve como mapa de oficio (screening de violencia, no dualidad de roles, mandato escrito). No sirve como cédula.

Kelly (2014) reconstruye orígenes y desarrollo del rol (capítulo APA). Deutsch ha escrito enfoques y competencias (2014, capítulos). Se citan como libro/capítulo, APA, sin vender el DOI de dataset de un simposio. El dataset de 2008 de Deutsch no entra.

Tabla 2. Cuándo copiar el mapa y cuándo no

Pieza AFCC Se puede usar como oficio No se pega como ley local
Mandato escrito Alcance, duración, honorarios “El Código ya lo dice”
Screening de violencia No forzar contacto inseguro Un test importado sin adaptación
No dualidad de roles No ser terapeuta y coordinador Creer que el colegio ya lo vigila igual
Reporte al tribunal Si el auto lo pide Reportar por costumbre estadounidense
Decisiones acotadas Si el mandato las da Inventar autoridad de juez

Ética: el niño no contrata, y tú no eres el héroe

El encargo es de dos adultos y, a menudo, de un juez. El niño es el destinatario del plan, no el que contrata. Eso produce una lealtad rara: oyes al niño y no lo conviertes en testigo de cargo. McHale y colegas (2020) muestran que las partes evalúan el proceso; el coordinador que ignora esa evaluación se vuelve sordo, no “neutral”.

Neutralidad. No se reduce a silencio. Consiste en no tomar el caso de uno. El gatekeeping (artículo ya publicado) puede ser un hecho a documentar, no un bando a militar. La alianza terapéutica de otro recorte no se transfiere aquí como “que me caigan bien los dos”.

Honorarios. Quien paga puede creer que compra el fallo. El mandato tiene que decir cómo se paga (mitad y mitad, caja del tribunal, un fondo). Si una parte deja de pagar para paralizar, eso es un dato para el juez, no una chantaje que el coordinador resuelve a solas.

Supervisión. El rol quema. Coates y colegas lo sitúan en familias que ya cansaron a mediadores y jueces. Sin pares, el coordinador empieza a odiar a una parte. Ese odio se lee en los mails. La supervisión no se reduce a un lujo de manual: queda higiene.

Un caso de prácticas, sin cine

Julián, practicante de jurídica, observa una audiencia. El juez dice “que los vea un psicólogo para que aprendan a comunicarse”. La madre oye terapia. El padre oye “me van a evaluar”. El practicante que leyó este artículo oye un encargo vago. Tres salidas honestas: devolver al juez un alcance escrito (coordinación vs terapia vs pericia); no aceptar; o aceptar terapia de coparentalidad con secreto clínico y sin reporte, que es otro oficio. Lo que no sale: sonreír y entrar. Fieldstone 2011 muestra que, incluso donde el rol existe, las prácticas se dispersan. La dispersión, aquí, se paga con queja.

Segunda escena, consulta privada. Una abogada pide “parenting coordination” porque lo vio en un congreso. No hay auto. No hay plan. Hay una pelea de colegios. El psicólogo que acepta se vuelve mensajero. El artículo sirve para decir que no. El no se explica: sin mandato, el rol no existe; lo que existe es un conflicto de dos que pide un tercero para no hablarse. Eso puede ser mediación. Puede ser terapia. No es coordinación.

Relación con los hermanos de casa

Coparentalidad (coparentalidad): el cuadro cuando dos adultos crían sin ser pareja. Coordinador: el andamio cuando ese cuadro no se sostiene. Gatekeeping: un progenitor filtra al otro; el coordinador puede documentar el filtro, no lo “cura” con un discurso. Familia y migración (familia y migración): lealtades a dos orillas; un coordinador no resuelve un pasaporte. Alianza terapéutica: otro recorte. IFS y sistemas internos: otro recorte. El estudiante que fusione el lote en “sistémico” pierde el mandato.

En formación, el riesgo es enamorarse del nombre en inglés. El oficio es más seco: ¿hay auto? ¿hay plan? ¿hay violencia cribada? ¿hay queja posible? ¿sabes qué no vas a hacer el martes a las 5? Si alguna respuesta es no, no entres.

Cómo estudiar esto la noche anterior

  1. Define el rol en dos frases: mandato, plan, alto conflicto.
  2. Distingue terapeuta / mediador / perito / coordinador (tabla 1).
  3. Lista tres “entra” y cuatro “no entra”.
  4. Nombra AFCC 2005 y 2019, Coates 2004, Fieldstone 2011, McHale 2020.
  5. Escribe un párrafo LATAM: el problema existe; la figura no está homogeneizada; no pegues Florida.
  6. Deja coparentalidad y gatekeeping en sus URLs, con un puente de una línea.

Eso duele menos que memorizar un estatuto que aquí no rige. El dolor es el de acotar. El acote es el oficio.

Un martes más, sin cine: el extraescolar

El plan dice “extraescolares de común acuerdo”. El padre anota fútbol los martes a las 5. La madre anota violín los martes a las 5. Cada uno tiene un PDF de un profesor. El niño de 8 no tiene un PDF. Tiene un estómago que duele los lunes. El coordinador, si el mandato cubre extraescolares, no elige el deporte que a él le gusta. Pregunta horario real, transporte, costo, y si el niño ya empezó uno de los dos. Documenta. Si el mandato no cubre extraescolares, devuelve al abogado. El heroísmo de “yo decido” es el atajo que termina en queja.

En un centro de mediación de una ciudad LATAM, este caso llega como “terapia de coparentalidad”. Si todavía hay margen de acuerdo, mediación. Si ya hay diez denuncias cruzadas y el niño es correo, el nombre estadounidense no se pega: se describe el alcance a un juez que puede no tener la figura. Alcance escrito o no se entra.

Formación: lo que el internado no enseña

El internado clínico enseña a oír. El rol de coordinador enseña a cortar. Cortar el mail de las 23:40. Cortar la sesión que se volvió juicio. Cortar el dual sombrero. Fieldstone 2011 muestra que, donde el rol existe, la gente llega con formaciones distintas (psicología, derecho, trabajo social) y con horas de entrenamiento muy desiguales. En LATAM, un fin de semana de “parenting coordination” no te da mandato. Te da vocabulario. El vocabulario sin auto es un riesgo.

Competencias que Deutsch y colegas nombran en los capítulos de 2014: desarrollo infantil, sistema familiar, sistema legal, manejo de conflicto, capacidad de no seducir ni dejarse seducir. McHale 2020 añade el dato incómodo: las partes evalúan el proceso. El coordinador que se cree transparente y es opaco para la madre, ya tomó partido sin saberlo.

Supervisión, otra vez. El odio a una parte se lee en el tono del acta. El acta es el producto. Si el tono se fue, el producto se fue. Pares, no héroes.

El niño como destinatario, no como cliente que contrata

Oyes al niño. No lo pones a elegir papá. No lo pones a firmar. El plan es de adultos y de un juez. El dolor de estómago es dato, no sentencia. El coordinador que convierte la sesión con el niño en una pericia encubierta salió del rol. Eso es evaluación. Evaluación se encarga aparte, con otro profesional.

Alianza. En terapia, la alianza es el trabajo. Aquí la alianza con ambos es un medio, no el fin. El fin es el plan. Si para sostener el plan hay que ser odiado un mes, se sostiene el plan. Si para ser querido se tuerce el plan, se perdió el mandato.

Cierre largo de oficio, para el estudiante que llega por Google

Llegaste buscando “coordinador de parentalidad qué es”. La respuesta corta: un tercero con mandato que ejecuta un plan en alto conflicto. La respuesta útil: tampoco terapeuta, ni mediador, ni perito, ni copadre. En LATAM el problema del niño-correo existe; la figura con sello AFCC, no en cada jurisdicción. Pregunta el auto. Pregunta la norma. Pregunta la queja. Copia de Florida el screening de violencia y la no dualidad. No copies el estatuto. Coparentalidad y gatekeeping se leen al lado. Aquí el martes a las 5 es el objeto. El milagro, no.

WhatsApp a las 23:40

El mandato debería decir el canal y el horario. Si no lo dice, el coordinador lo escribe en la primera acta: mails en horario laboral, un asunto por mensaje, copia a ambos, cero audios de tres minutos, cero niños en el hilo. El padre que escribe a las 23:40 “tú eres igual que el juez” está haciendo el conflicto, no el plan. Se responde a la mañana, al hecho (hora de entrega), no al carácter. El carácter se va a terapia, si hay terapia. Aquí no hay terapia.

LATAM: el WhatsApp es el expediente de hecho. Capturas, grupos de tías, el niño etiquetado. El coordinador que entra a ese grupo ya perdió. Canal uno, escrito, con los dos. Si una parte se niega, se documenta la negativa. No se persigue por el grupo de la familia extendida.

El colegio, el uniforme y la reunión de padres

Quién firma la autorización de la salida pedagógica. Quién entra a la reunión. Quién aparece como “acudiente” en la secretaría. En alto conflicto, la secretaría se vuelve un tercer frente. El coordinador, si el mandato cubre comunicaciones con la escuela, puede unificar un correo. Si no cubre, no llama a la rectora “de oficio”. Llamar a la rectora sin mandato es otro dual sombrero: te volviste gestor escolar. Gestor escolar no es el rol.

El niño que vomita los lunes puede ser dato de estrés de entrega, de un aula, de un cuerpo. No se convierte en prueba contra un progenitor en el acta, salvo que el mandato pida reportar hechos. Hechos: vomitó. Interpretación: se deja para quien evalúa. El coordinador que interpreta de más está peritando.

Dinero, extra y el “yo lo pagué”

El plan suele decir alimentos y extraescolares. El “yo lo pagué, entonces yo decido” es la pelea de cada mes. El coordinador no es contador. Puede pedir comprobantes si el mandato lo dice. No arma una liquidación de sociedad conyugal. Eso es otro oficio, otro profesional, otro juzgado. Mezclar plata de la ruptura con hora de fútbol es el atajo que incendia el martes.

Cierre de esta expansión

El estudiante que llega por Google ya tiene la definición. Lo que le falta es el martes: extraescolar, WhatsApp, colegio, plata. Eso, con mandato, es coordinación. Sin mandato, es un favor que se rompe. AFCC y Coates sirven de mapa. Florida no es tu Código. Coparentalidad y gatekeeping se leen al lado. El niño no contrata. Tú no eres el héroe. El plan, si existe, es el objeto. El milagro, no.

El niño en la entrega, el cuerpo en el dato

El acta no dice “el niño sufre”. Dice: llegó a las 18:12, el plan decía 17:00, el niño vomitó en el auto, la madre avisó por el canal a las 18:20. Tres hechos. La interpretación (castigo, ansiedad, virus) no corresponde a este rol. Queda de quien evalúa o de quien atiende. El coordinador que llena el acta de adjetivos está peritando. El que la llena de hechos está coordinando.

En LATAM, el “informe psicológico” se pide para todo. El juez a veces quiere un párrafo de carácter. El coordinador que se lo da salió del recorte. Devuelve: hechos del plan; si el juez quiere carácter, encargue pericia. Fieldstone 2011 muestra prácticas dispersas incluso donde el rol existe. La dispersión se paga con queja. El acote se paga con un martes más quieto, no con un milagro.

Lo que el estudiante de jurídicas debe poder decir en un oral

Tres frases. Una: el coordinador ejecuta un plan en alto conflicto, con mandato. Dos: no es terapeuta, mediador ni perito. Tres: en este país pregunta el auto y la norma; el mapa AFCC no es el Código. Si el oral pide ética: no dualidad, screening de violencia, el niño no contrata, quien paga no compra el fallo. Si pide LATAM: el problema del niño-correo existe; la figura con ese sello, no en cada jurisdicción. Si pide hermanos de casa: coparentalidad es el cuadro; gatekeeping es el filtro; este oficio es el andamio.

Eso cabe en un minuto. El minuto es el oficio. El ensayo de diez minutos sobre “el interés superior del niño” sin mandato es otra materia.

Preguntas frecuentes

¿Qué es un coordinador de parentalidad?

Un profesional con mandato (tribunal o acuerdo) que ayuda a ejecutar un plan de crianza en familias de alto conflicto, resuelve disputas cotidianas y, si el mandato lo permite, toma decisiones acotadas. Tampoco es el terapeuta de la dupla ni el abogado de una parte.

¿Cuándo entra?

Cuando el plan existe y no se cumple, el conflicto es alto y volver al juez por cada detalle es más costoso que un tercero. No entra en toda separación ni para “enseñar parentalidad” en abstracto.

¿Es lo mismo que coparentalidad?

No. La coparentalidad es el arreglo de criar juntos. El coordinador es un andamio cuando ese arreglo no se sostiene. El artículo de coparentalidad cubre el cuadro; este cubre el oficio.

¿Puede ser el mismo psicólogo terapeuta y coordinador?

La vara de oficio dice que no. Dualidad de roles: confidencialidad distinta, lealtad distinta, reporte distinto. La AFCC lo recorta. En LATAM, además, el colegio puede no tener la figura; eso no autoriza el doble sombrero.

¿Existe en cada país de LATAM?

No de forma homogeneizada. Hay prácticas, proyectos y nombres parecidos. El corpus AFCC sirve de mapa, no de cédula. Pregunta el auto y la norma local.

¿Qué hago si hay violencia?

No fuerzas contacto. Cribado primero. Medidas de protección mandan. El coordinador no se pone encima de la seguridad para “cumplir el plan”.

Cierre

El juez quería un martes más quieto, no un milagro. El coordinador de parentalidad, donde existe de verdad, es un mandato con bordes: plan, alto conflicto, screening, no dualidad, reporte acotado. En LATAM el problema del niño-correo existe; la figura con ese sello, no en cada jurisdicción. Coates 2004, AFCC 2005 y 2019, Fieldstone 2011, McHale 2020. Coparentalidad y gatekeeping se consultan al lado. Aquí el corte era uno: qué es, cuándo entra, y cuándo el psicólogo dice que no.

Referencias (APA, DOIs verificados en Crossref)

Association of Family and Conciliation Courts Task Force on Parenting Coordination. (2006). Guidelines for parenting coordination. Family Court Review, 44(1), 164–181. https://doi.org/10.1111/j.1744-1617.2006.00074.x

AFCC Task Force on Parenting Coordination. (2020). New AFCC guidelines for parenting coordination (2019). Family Court Review, 58(3). https://doi.org/10.1111/fcre.12505

Coates, C. A., Deutsch, R., Starnes, H., Sullivan, M. J., & Sydlik, B. (2004). Parenting coordination for high-conflict families. Family Court Review, 42(2), 246–262. https://doi.org/10.1111/j.174-1617.2004.tb00647.x

Fieldstone, L., Carter, D. K., King, T., & McHale, J. P. (2011). Training, skills, and practices of parenting coordinators: Florida statewide study. Family Court Review, 49(4), 801–817. https://doi.org/10.1111/j.1744-1617.2011.01415.x

Kelly, J. B. (2014). Origins and development of parenting coordination. In S. A. Higuchi & S. J. Lally (Eds.), Parenting coordination in postseparation disputes (pp. 13–34). American Psychological Association.

McHale, J., Carter, D. K., & Miller, M. (2020). Perspectives of mothers, fathers, and parenting coordinators concerning the process and impact of parenting coordination. Family Court Review, 58(1). https://doi.org/10.1111/fcre.12462

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